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Cecilia Guerrero
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Política

Cecilia Guerrero presentó un proyecto destinado al colectivo LGBTIQ+: ¿de qué se trata?

Esta ley busca igualar las condiciones con los demás ciudadanos y ciudadanas.

La diputada provincial y presidenta de la Cámara Baja, Cecilia Guerrero, presentó un proyecto destinado al colectivo LGBTIQ+. Su intención es promover la incorporación al empleo público o contratación privada de las personas travestis, transexuales y transgénero.  Esta ley busca igualar las condiciones con los demás ciudadanos y ciudadanas y es aplicable en todo el ámbito territorial de la provincia.

Sobre el proyecto, Cecilia Guerrero detalla: “El Estado provincial adopta medidas de acción positiva para garantizar a las personas travestis, transexuales y transgénero; el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos”. Asimismo, agrega que estos son valorados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su protocolo adicional en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La diputada explica que se entiende como personas travestis, transexuales o transgéneros aquellas que se autoperciben o expresan una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer. También agrega la posibilidad de un género no encuadrado en la clasificación binaria de los mismos. “A lo largo de la historia, uno de los derechos más conculcados ha sido el de acceso a un trabajo digno y formal”, expresó.

“Si bien nuestro país ha sido pionero en dictar normas jurídicas que procuran ampliar derechos, aún quedan asignaturas pendientes en orden a la inclusión. Aunque en Catamarca hay experiencias de contratación de personas trans en el ámbito del Estado provincial; las mismas aun resultan aisladas y esporádicas. No existe una oferta significativa dirigida a este colectivo, el cual además resulta inexistente en el sector privado”, agregó Cecilia Guerrero.

Más del proyecto de Cecilia Guerrero

Sobre las personas alcanzadas por la ley, el proyecto detalla que l Estado provincial, en los tres poderes debe garantizar la igualdad de oportunidades; principalmente en los procedimientos de selección, contratación, promoción y asensos. Asimismo, está obligado a ocupar en una proporción no menor al uno por ciento de su planta total del personal permanente y no permanente a este grupo.

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