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Información general

La AFIP quiere mayor transparencia en las empresas

Las empresas tienen que informar sus participantes.

La Administración Nacional de Ingresos Públicos sacó una medida para lograr mayor transparencia en las empresas. La AFIP estableció que todas las personas jurídicas deben informar quienes realmente forman parte de la sociedad. Los datos deberán presentarse independientemente del porcentaje de participación que tengan dentro de la asociación.

NA informó que la Resolución General 4697/2020 reemplaza al régimen de información sobre participaciones societarias vigente. Este no requería a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales. La decisión de la AFIP dificultará así maniobras de ocultamiento de información sobre los verdaderos dueños de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La normativa del organismo establece que los sujetos alcanzados deberán reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica. También los que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.

Esto es, la nueva normativa de la AFIP no establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales. Por eso, en caso de no identificar a las personas humanas, el beneficiario final tiene que ser la máxima autoridad. El organismo mantendrá sus facultades para verificar y fiscalizar las causas que llevaron al incumplimiento de la identificación.

La AFIP creó un registro de entidades pasivas en el exterior

La Resolución General 4697/2020 de la AFIP avanza también en la implementación del registro de entidades pasivas en el exterior.
Se trata de un instrumento previsto en la ley 27.260 de 2016 que habilitó el denominado “sinceramiento fiscal”. En conclusión, el registro alcanza a los contribuyentes que posean más del 50% de la participación en sociedades afuera del país.