Mediante la resolución 200/2019 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno de Mauricio Macri comunicó que el haber mínimo vigente pasará a ser de $12.937,22. Este escrito aclara que las jubilaciones y pensiones aumentarán a partir de septiembre, y además, se detalla el tercer de los cuatro aumentos previstos para el año, teniendo en cuenta lo establecido por la ley de Movilidad.
De esta forma, el haber máximo quedará establecido en $94.780,42 y las bases imponibles mínima y máxima previstas se establecieron en $4.499,95 y $146.246,86 respectivamente. En este aspecto, la medida también incluyó a la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que serán de $6.112,03 y $10.349,78 respectivamente.
En los considerandos de la norma, se explicó que mediante el artículo 3º del Decreto Nº 110/18 se facultó a esta Administración Nacional de la Seguridad Social, para fijar los importes mínimos y máximos de la remuneración imponible, como así también el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) establecido en la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, en concordancia con el índice de movilidad que se fije trimestralmente.
En este sentido, los aumentos determinados en las jubilaciones y pensiones se calculan por un índice compuesto en un 70% por las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y en un 30% por la evolución de los salarios que se trata de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables. En este contexto, la ANSES también oficializó el mismo incremento del 12,22% para las asignaciones familiares de pago mensual, de pago extraordinario y las asignaciones universales.
«Por resolución 12, de fecha 5 de agosto de 2019, la Secretaría de la Seguridad Social estableció el incremento de la movilidad referida en el considerando precedente en un 12,22% por el período septiembre/2019 a noviembre/2019 inclusive», manifiesta el texto oficial. En tanto, la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
En este contexto, según publicó El Intransigente, la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) informó las fechas de cobro para jubilados, pensionados y pensiones no contributivas. De esta manera, los beneficiarios podrán saber qué día percibirán sus haberes, siempre teniendo en cuenta el último número de su Documento Nacional de Identidad (DNI). En este sentido, todos los meses los días varían según esta numeración.
De esta manera, los jubilados y pensionados que no superen el monto de 13.103 pesos cobrarán, según el DNI, los que terminen en 0, el 8 de agosto, en 1 el 9 de agosto, en 2 el 12, en 3 el 13 del mismo mes, mientras que los números que terminen en 4, cobrarán el 14 y los que finalicen en 5 el 15 de agosto. Así, los que terminen en 6, el 16 de agosto y en 7, 8 y 9, percibirán sus haberes el 20, 21 y 22 de agosto respectivamente.
Los jubilados y pensionados que superen los 13.103 pesos, cobrarán en 0 y 1, el 23 de agosto; en 2 y 3 el 26 de agosto; en 4 y 5 el 27; mientras que los DNI que terminen en 6 y 7 percibirán sus ingresos el 28 de agosto, y en 8 y 9, cobrarán el 29 del mismo mes. En este aspecto, los beneficiarios deberán prestar atención a los últimos números de su Documento Nacional de Identidad.