Este martes, el gobierno de la nación sacó un Decreto de Necesidad y Urgencia que está dirigido directamente a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo. A través de esta medida, las ART deberán considerar al coronavirus como una enfermedad de “carácter profesional”. El DNU lleva la firma del presidente, Alberto Fernández, y de todo el gabinete de ministros.
NA informó que la resolución incluirá a “las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal. Esto con el fin de realizar actividades declaradas esenciales. En el marco del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Mientras que “se encuentre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus eventuales prórrogas”.
En ese marco, el DNU precisa que “las (ART) no podrán rechazar la cobertura de las contingencias”. Deberán “adoptar los recaudos necesarios al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata, las prestaciones previstas. Esto debe ser acompañado del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debidamente autorizada”.
Indica que la Comisión Médica Central deberá establecer “la imprescindible y necesaria relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada con el trabajo efectuado”. La comisión podrá “invertir la carga a favor del trabajador. Esto se dará cuando se constate la existencia de un número relevante de infectados por la enfermedad COVID-19“.
Esta presunción rige para los trabajadores del sector salud. Esto continuará “hasta los sesenta días posteriores a la finalización de la vigencia de la declaración de la ampliación de emergencia pública”. El decreto establecerá las “modalidades requeridas a los efectos del reintegro por parte del Fondo Fiduciario de Enfermedades de erogaciones efectuadas. Garantizarán el mantenimiento de una reserva mínima del 10%”.