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Ya rige la ley de educación a distancia: los detalles

La normativa quedó oficializada por medio del Decreto 579/2020, que se publicó en el Boletín Oficial y lleva la firma de Alberto Fernández.

Educación a distancia

En la jornada de este martes, el gobierno de la nación promulgó la ley de educación a distancia. La misma había sido sancionada por el Congreso el pasado 11 de junio. Por este medio se facilitan las clases mediante medios electrónicos en el marco de la pandemia del coronavirus. La normativa quedó oficializada por medio del Decreto 579/2020, que se publicó en el Boletín Oficial y lleva la firma de Alberto Fernández.

Desde que el gobierno declaró la emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia de Covid-19, se tomaron diferentes medidas para evitar la propagación de la enfermedad. Entre las cuales se incluyó la suspensión de las clases presenciales en establecimientos educativos de los distintos niveles. Es así que la mayoría de las universidades continuaron las clases a través de medios digitales de comunicación.

Las escuelas de nivel primario y secundario también eligieron la modalidad de clases por internet. Aunque en este caso también se utilizan otras modalidades, como la entrega de material impreso. Esto es para procurar la continuidad del proceso en niños, niñas y adolescentes sin conectividad en sus hogares. La nueva normativa establece ciertos cambios en el artículo 109 de la ley de educación

Cuándo regirá la ley de educación a distancia

La educación a distancia  “será una alternativa para jóvenes y adultos”. Este sistema podrá aplicarse en alumnos “a partir de los dieciocho años de edad”. De todos modos, de forma excepcional y “previa declaración fundada del Ministerio en acuerdo con el Consejo Federal, o con la jurisdicción según corresponda”, también podrá usarse este medio de enseñanza “cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable.

“Solo en esos casos será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años de edad”, detalla la nueva norma. También, “para la modalidad rural y conforme a las decisiones jurisdiccionales”, se permitirá la utilización de esta herramienta “a partir del ciclo orientado del nivel secundario”.

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