(Por Diego Nofal) El diputado radical Francisco Monti, presentó un proyecto de resolución que encendió las alarmas dentro de la industria minera de Catamarca. Es que la provincia, siempre se preocupó de que las empresas que explotan los yacimientos mineros provinciales, paguen en tiempo y forma los cánones correspondientes. Pero, además, las compañías mineras, según la ley provincia, deben hacer inversiones y generar puestos de empleo como requisito sine qua non de las explotaciones.
De acuerdo con lo establecido en el proyecto del diputado del bloque de la UCR “el monto mínimo de la inversión a realizar está claramente establecido en el Código de fondo y refiere a 300 veces el canon de ley y el concesionario debe presentar anualmente una declaración jurada sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones contraídas” y además él Gobierno provincial es el encargado de hacer cumplir a las empresas de extracción de minerales la obligación de invertir.
“Será causal de caducidad cuando las inversiones estimadas no tuvieren el destino previsto en dicha norma; cuando dichas inversiones fueren inferiores a una suma igual a 500 veces el canon anual que le corresponda a la mina de acuerdo con su categoría y con el número de pertenencias; por falta de presentación de las declaraciones juradas; por falsedad en tales declaraciones”, se explica en la iniciativa de Monti. Es justamente, esta amenaza de hacer cesar las concesiones, la que preocupa a las compañías.
El diputado le pidió al Gobierno que haga públicas “las presentaciones realizadas por parte de los propietarios de minas en la provincia respecto de la estimación de plan y monto de capital fijo a invertir en las minas concesionadas”. También que dé a conocer “las efectivas inversiones constatadas por parte del órgano jurisdiccional y/o el órgano administrativo respecto de las obligaciones asumidas por parte de los propietarios de minas”.
Por otro lado, el proyecto establece que el Gobierno deberá presentar ante la Cámara “las declaraciones juradas presentadas por parte de los concesionarios mineros correspondientes a cada uno de los períodos acerca del estado de cumplimiento de las inversiones a realizarse en las minas y las constataciones que se hubieran realizado por parte del órgano jurisdiccional y/o la autoridad administrativa respecto de la veracidad del destino de las inversiones y acerca del total del monto mínimo de ley”.
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