Tucumán

«La resolución facilita el trámite y agiliza el trabajo para el contralor», dijo Marcela Manso

La subdirectora de Personas Jurídicas habló de las modificaciones de normativas judiciales.

En un contexto dentro del país donde las situaciones macroeconómicas no ayudan a las pequeñas y medianas empresas para poder multiplicarse, crecer y permitir el mayor proceso de creación de riqueza mediante la creación de empleo que determine el acceso a más bienes y servicios que hagan crecer el Producto Bruto Interno (PBI) de la Argentina. Así, en la provincia de Tucumán se publicó una resolución que beneficia a las sociedades comerciales.

De esta manera, la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, que depende de la Fiscalía de Estado, publicó la Resolución General número 169/19, la cual describe a la normativa vigente en cuanto a la materia de fiscalización societaria por parte del Estado. Con esto se intentaría facilitar los trámites en la formación de sociedades y eficientizar el trabajo público.

«La medida consiste en una compilación de las normas que refieren a los trámites de sociedades en una resolución general, con el objetivo de que todas las personas que deban realizar trámites de constituciones tengan en un solo documento toda la normativa aplicable y así los trámites sean más sencillos», explicaron las fuentes estatales consultadas por el diario El Aconquija.

«Los trámites referentes a sociedades están atravesados por un montón de normas de fondo, de forma y procedimentales. Esta resolución da mayor transparencia, porque facilita la interpretación normativa», comentó la fiscal de la provincia, Eleonora Rodríguez Campos, quien se dedicó a realizar una explicación acerca de los distintos procedimientos por los que deben pasar las personas para poder iniciar una actividad legal.

«Con la normativa el organismo ha pretendido simplificar un sinnúmero de trámites que aquí se realizan y que, en aplicación de las leyes nacionales de constitución de estas entidades, a veces no quedan tan claros. Nuestros profesionales han elaborado un documento que queda a disposición del público y de acuerdo con la evolución que van teniendo las leyes nacionales, que vamos acompañando», aclaró Aldo Madero, el director de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio.

Así también, el subdirector del Registro Público de Comercio, Horacio Saleme, declaró que con la entrada en vigor del vigor nuevo Código Civil y Comercial de la Nación fue necesario «adecuar y rever absolutamente todos los trámites en beneficio del administrado, para que tenga un marco legal que pueda controlar y procurar para sus trámites ante el Registro Público de Comercio y así facilitar los procedimientos».

«La resolución consolida todos los procedimientos y soluciones que se implementaron a través de circulares y dictámenes para hacer operativa la Ley provincial n°8.367 y sus modificatorias, y las Leyes nacionales n°19.550, sus modificatorias y complementarias; en armonía y consolidando las normas procedimentales generales comprendidas en la Ley provincial n°4.537. Consolida todas las reglas, los requisitos, actos, contratos y procedimientos inscribibles el Registro, adaptados e incorporados como consecuencia de las modificaciones a la Ley Nº 19.550», añadieron desde el Estado.

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