En un contexto donde los hidrocarburos y combustibles tienen un papel fundamental en la economía de la Argentina, la Subsecretaría encargada del sector hizo pública una normativa que establece un nuevo aumento. La medida fue oficializada este viernes por el Boletín Oficial, mediante la disposición 149/2019, firmada por el titular de esta área Carlos Alberto María Casares.
De esta manera, desde el ámbito que funciona dentro del Ministerio de Hacienda, determinaron en $ 25,663 por litro, el precio de adquisición del bioetanol elaborado a partir de caña de azúcar para su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la ley 26.093, el cual, según la normativa, regirá para las ventas realizadas a partir del 1° de agosto de 2019, según el diario El Intransigente.
Asimismo, desde el sector de Hidrocarburos y Combustibles del Gobierno nacional, decidieron aumentar a $ 23,241 por litro, el precio de adquisición del bioetanol elaborado a partir de maíz para su mezcla obligatoria con nafta. Este incremento también entró en vigor a partir de ayer, hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
La ley 26.093 dispuso el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio nacional y, además la ley 26.334 aprobó el Régimen de Promoción de la Producción de Bioetanol, con el objetivo de impulsar la conformación de cadenas de valor entre los productores de caña de azúcar y los ingenios azucareros y elaborar bioetanol para satisfacer las necesidades de abastecimiento del país.
«Por el artículo 12 del decreto 109 del 9 de febrero de 2007 se dispuso que las adquisiciones de biocombustibles a las empresas promocionadas se realizarán a los valores que determine la autoridad de aplicación y que serán calculados propendiendo a que los productores que operen en forma económica y prudente», manifiesta el texto oficial que fue comunicado hoy.
De esta forma, según la normativa vigente, los valores de los biocombustibles se establecerán teniendo en cuenta que los productores «tengan la oportunidad de obtener ingresos suficientes para satisfacer todos los costos operativos razonables aplicables a la producción, impuestos, amortizaciones y una rentabilidad razonable similar a la de otras actividades de riesgo equiparables o comparables y que guarden relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria de la actividad».
«Resulta necesario continuar revisando el Procedimiento para la Determinación del Precio de Adquisición del Bioetanol elaborado a base de maíz en el contexto macroeconómico del país, sin perjuicio de fijar dicho precio para su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la ley 26.093, con vigencia a partir del 1° de agosto de 2019», expresa la normativa.