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Etapa Roja: ¿cuáles son los nuevos horarios de circulación?

Han adelantado que se analiza la posibilidad de habilitar los cines, casinos, teatro y turismo en general desde el 9 de julio.

Desde el COE han anunciado cuáles son los nuevos horarios de circulación en la provincia, en el marco de la Etapa Roja. Cabe resaltar que estas disposiciones son emitidas a partir de análisis de los indicadores dados en el marco del avance del coronavirus Catamarca. Por lo tanto, a partir de hoy se extenderá los horarios permitidos para transitar, como así también se prevén posibles aperturas.

El Poder Ejecutivo Provincial decidió prorrogar las restricciones generales de la actual etapa de convivencia, ya que la provincia se mantiene en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria. Pese a esto, se ha visto una tendencia a la estabilización de los contagios que ha permitido generar modificaciones. De esta manera, el Ministerio de Trabajo, Educación, AGAP y ARCA quedan exceptuados de la suspensión de plazos administrativos.

Siguiendo esta línea, el nuevo decreto de la Etapa Roja establece como primera medida la extensión del horario de circulación hasta las 22:00 horas. Es así, que a partir de este jueves 1 de julio el horario restringido para circular en todo el territorio provincial será de 22:00 horas a 6:00 horas. Además, han adelantado que se analiza la posibilidad de habilitar los cines, casinos, teatro y turismo en general desde el 9 de julio.

Otras habilitaciones de la Etapa Roja

Por medio de una nueva Resolución Ministerial emitida en la mañana del sábado, se informó el regreso de la actividad religiosa en espacios cerrados. Por medio del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, se estableció que las misas deberán contar, como máximo, con un treinta por ciento de aforo. Esta medida pudo tomarse gracias a la leve baja de casos que se ha visto en la provincia.

Según se ha precisado, las actividades de culto, la asistencia a templos y celebraciones religiosas deberán regirse según lo estipulado en las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias. Las mismas están detalladas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21, prorrogado por los N° 334, N° 381/21 y 411/2021 de la Etapa Roja. Allí se enumeran las medidas para disminuir el riesgo de contagio de coronavirus y los protocolos vigentes.

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