Ante los constantes asedios de los controladores fiscales, ahora se vuelve obligatorio el uso de facturas de crédito electrónica para pequeñas y grandes empresas. Esta medida funcionaría durante un año y el régimen se aplicará a los comprobantes que tengan un monto total, igual o superior a la suma de $ 50.000, según figura en resoluciones difundidas por el Ministerio de Producción y Trabajo.
Según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) hasta el momento solo se aplicaba este tipo de mecanismos a sujetos que desarrollaban fabricaciones de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores como actividad principal. Pero, a partir del Ministerio se comenzó a regir esta nueva forma de facturación para las pymes que están obligadas a emitir comprobantes originales a empresas grandes que se encuentren dentro de las secciones y/o grupos del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
Las pymes al momento de realizar una factura deberán investigar en la página web de la Administración Federal de ingresos Públicos (AFIP) si la empresa es “grande” y que actividad económica desarrolla. Si su actividad pertenece al cronograma dispuesto, la pyme debe emitir la factura de crédito electrónica obligatoriamente. La cual tendrá un punto de venta diferente al que tienen los demás comprobantes fiscales.
Por otro lado, si las empresas grandes realizan el pago dentro de los 30 días o con un cheque de pago diferido, en ese momento se da por terminado el trámite. Pero si la empresa paga su deuda pasados los 30 días, esa factura deberá tener una aceptación tácita o expresa y podrá ser descontada con un costo en la bolsa. La empresa debe seguir el circuito de la factura para conocer a quién le tiene que pagar en forma electrónica, tiempo después.
Esta medida nació para reducir los costos financieros de las pequeñas y medianas empresas, ya que en este momento las pymes deben pagar tasas de interés elevadas en los bancos comerciales por financiamiento de capitales de trabajo, dando de esta manera más certidumbre a la cadena de pagos.
«Uno de los principales objetivos de la Ley N° 27.440 es potenciar el financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y el desarrollo del mercado nacional de capitales buscando aumentar la base de inversores y de empresas que se financien en dicho ámbito, como así también alentar la integración y federalización de los distintos mercados del país», dice la resolución largada por el organismo público.
Además, el documento destaca que se «establece un mecanismo que busca mejorar las condiciones de financiación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y que les permita aumentar su productividad, mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar que puedan disponer en contra de sus clientes y/o deudores, con los que hubieran celebrado una venta de bienes o la prestación de servicios a plazo».