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Actividades
Actividades. Foto: NA

El País

¿Cuál es el nuevo listado de actividades y servicios esenciales?

Esto se anunció mediante el Boletín Oficial.

El pasado jueves 19 de marzo el presidente de la nación anunció la implementación de un aislamiento social, preventivo y obligatorio. Esto empezó a regir desde el 20 de ese mes y finalizaba el 31. Gracias a los buenos resultados que dio esta medida, se extendió hasta el 12 de abril. En este contexto, el Poder Ejecutivo amplió el listado de actividades y servicios esenciales durante este período.

NA informó que a través de la decisión administrativa 450/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial el gobierno amplió la lista de actividades esenciales, algo que se especulaba con que sucediera cuando se prorrogó la cuarentena. El Poder Ejecutivo hace esto buscando lograr una reactivación económica, caída desde el decreto del aislamiento preventivo, social y obligatorio.

En la nueva lista está la venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones. También las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Las Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, de colchones y de maquinaria vial y agrícola podrán abrir sus puertas a partir de este lunes.

A su vez, se encuentran las actividades vinculadas con el comercio exterior. Exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía. Se podrá realizar la exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear. Los trabajadores de los servicios esenciales de mantenimiento y fumigación, el Registro Civil y las Mutuales tendrán permiso para circular.

Como en el resto de los casos de las actividades consideradas esenciales, “las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las funciones y servicios considerados vitales”. Todas estas personas, como en el resto de las profesiones permitidas “deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19“.