En medio de la cuarentena obligatoria que rige en el país, la vicepresidente de la nación le hizo un pedido a la Corte Suprema. Cristina Kirchner solicitó que el cuerpo se expidiera sobre la constitucionalidad de las sesiones virtuales del Congreso. En la tarde de este viernes, la Justicia rechazó por unanimidad esto y aclaró que eso es una decisión que tiene que tomar el Senado.
NA informó que el máximo tribunal de justicia del país hizo público el fallo este viernes a última hora. La decisión tiene el aval de todos sus miembros. “Se resuelve que el Senado de la nación tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento. Esto en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema”, aclararon.
En un fallo de 73 páginas, los jueces entendieron que “por razones de índole constitucional, está fuera de la competencia originaria del Tribunal”. Esto lo señala correctamente señala el señor Procurador General interino (Eduardo Casal) en su dictamen”. A la vez, subrayaron que de avalar la demanda, la Corte “también tendría el poder de no autorizar otras cuestiones internas del propio Senado”.
La opinión de los jueces
“La pretensión no puede tener cabida. La doctrina de la gravedad institucional no puede ser jamás usada para deformar o eludir las exigencias a las que la intervención de esta Corte está constitucionalmente supeditada”, expresó el presidente del tribunal Carlos Rosenkrantz, en su voto en disidencia parcial. Consideró que “el Poder Judicial no está investido por la Constitución con la facultad de analizar la constitucionalidad de normas”.
En tanto, Rosatti, que también votó en disidencia parcial, aseguró que “incumbe al Senado y no a esta Corte decidir si aquel debe sesionar en lo sucesivo de modo presencial o no presencial”. Además, agregó: “El trabajo virtual de los miembros del Congreso no está previsto en la Constitución. No podía pedírsele a los constituyentes, originarios o reformadores, que imaginaran un futuro tecnológico”.