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Créditos a tasa cero
AFIP

El País

Créditos a tasa cero: Todo lo que tenés que saber

Este es el mecanismo para acceder a los créditos a tasa cero, punto por punto.

El acceso a créditos a tasa cero es una iniciativa del Estado dirigida a monotributistas y autónomos. Los interesados podrán solicitar créditos de hasta $150.000 y el trámite será a través del portal de AFIP. El mismo se iniciará en la sección personal de cada contribuyente.

Lo principal es determinar quién es apto para acceder a este beneficio y quien no. Al ingresar con la clave fiscal a la plataforma de AFIP hay que entrar en “Créditos a tasa cero“. Una vez dentro de esa opción, se le informará su situación. Si todos los parámetros coinciden la página le indicará cual es el monto máximo que puede solicitar.

Siendo apto, y con la idea de acceder al crédito, debe ingresar el CBU y el número de la tarjeta de crédito por la cual se acreditará el dinero. Luego, la información será enviada al Banco Central para que valide la operación. Será el BCRA quién informe a los bancos a quién otorgar el crédito y por qué cifra.

Infografía de Telam

Para solicitar el crédito a tasa cero es necesario estar bancarizado. Los aspirantes que no lo estén deberán abrir una cuenta con CBU para informar a AFIP. Quienes tengan cuenta, pero no tarjeta, deberán solicitar una “cuenta a la vista para compra en comercios” o pedir una tarjeta. En el caso de pedir una tarjeta, esta no debe tener costo alguno.

El crédito a quienes estén habilitados será entregado en tres cuotas iguales y consecutivas con el valor asignado. A partir de las categorías D podrán recibir hasta $150.000, en la categoría C el monto máximo será de $104.370. Para la categoría B el tope será de $78.277 y los monotributistas categoría A podrán recibir hasta $52.184.

Los exceptuados

No podrán acceder los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, y tampoco quienes sean jubilados o pensionados. Lo mismo sucederá con los inscriptos que hayan realizado compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual.

Los que facturaron entre el 12 de marzo y 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual mínimo de cada categoría también serán descartados. Los autónomos no podrán solicitar el crédito si forman parte del régimen del monotributo o son integrantes de un directorio comercial.