Connect with us

Hi, what are you looking for?

DISPO
DISPO

El País

¿Hasta cuándo extendió el Dispo el Gobierno nacional?

La decisión se oficializó en el decreto 168/2021 publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández.

El Gobierno nacional informó hasta cuándo extendió mediante decreto el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO). Desde este sábado y hasta el próximo 9 de abril continuará la fase para prevenir la propagación del Covid-19 en el país. La decisión se oficializó en el decreto 168/2021 publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández.

Entre los considerandos de la extensión del DISPO se habla del aumento de casos en muchos países de la región. “Se deben desarrollar estrategias para disminuir el ingreso y mitigar la posibilidad de transmisión de estas variantes en nuestro país”, expresa el decreto. Las autoridades informaron que se restringirán los viajes hacia las zonas afectadas con coronavirus.

Sobre la circulación, la medida establece que las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires podrán dictar las normas. “Estas medidas deberán ser temporarias, fundadas y deberán contar con la aprobación de la autoridad sanitaria jurisdiccional”, remarcaron. Por otro lado, agregaron que cada localidad dictará el aislamiento de las personas que ingresen con la condición de caso sospechoso o confirmado.

Mientras tanto, la Dirección Nacional de Migraciones aclaró que determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al país. Esta decisión se da con el fin de “atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros”. Además, los gobernadores y gobernadoras podrán solicitarles al mismo excepciones a la prohibición de ingreso establecida.

Emergencia sanitaria

Junto con la extensión del DISPO llegó la de la emergencia sanitaria, esta última hasta el 31 de diciembre. Para evitar la propagación del coronavirus en Argentina se pondrá especial atención a los viajes aéreos, marítimos y terrestres. Los que aterricen desde el exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud con constancia de PCR.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *