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El País

El Gobierno nacional actualizó la ley que regula la compra de vacunas contra el coronavirus

Esta era una medida que venía pidiendo la oposición y que permitirá que Argentina pueda comprarle a Pfizer o a Moderna.

En la noche de este viernes, el Gobierno nacional confirmó una decisión que cambiará el destino de la pandemia en el país. En este contexto, el presidente, Alberto Fernández firmó el decreto con el cual actualizó la ley que regula la compra de vacunas contra el coronavirus. Esta era una medida que venía pidiendo la oposición y que permitirá que Argentina pueda comprarle a Pfizer o a Moderna.

El Intransigente informó que el documento ya fue enviado por Presidencia y en las próximas horas figurará en el Boletín Oficial, siguiendo así el lineamiento del presidente Alberto Fernández, quien dio la instrucción de iniciar conversaciones para “encontrar la forma de compatibilizar las necesidades de los laboratorios con los intereses que tiene que proteger el Estado nacional”. Así, Argentina estará más cerca de comprar “inmunizadores pediátricos contra el Covid y se amplíe así el espectro de dosis para la población en general”, consignaron desde el Gobierno nacional.

En este sentido, enfatizaron que el DNU alcanzó la “compatibilización” tras transitar “un proceso arduo de los equipos técnicos y jurídicos”, luego de “muchos meses de trabajo” entre el Ejecutivo nacional y algunos los laboratorios extranjeros. Es por ello que la normativa “simplifica la negociación con los laboratorios y establece modificaciones a la ley de 27.573” que regula la adquisición de fármacos contra el coronavirus, al crear un Fondo de Reparación Covid-19 para “responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna”.

El Fondo se establece para vacunas Covid y “es un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad respecto de las contrataciones”, explicaron. Entre las variantes que incluye la nueva normativa, se destaca que “se suprime la ‘negligencia’ como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren”.

Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial. En materia de inmunidad de los bienes del Estado, se eximirá de esa condición “a las regalías que percibe el Estado nacional y todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda deben permanecer soberanos”.

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