La AFIP anunció que las entidades sin fines de lucro quedan exentas de percepción del impuesto PAIS. Además, indicó que estas corporaciones fueron agregadas al conjunto de sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los aranceles a las ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera. Asimismo, dejarán de pagar el 35% de la tasa cuando compren divisas extranjeras.
Sin embargo, Cooperativas y asociaciones civiles, entre otras entidades sin fines de lucro dejarán de pagar el mencionado porcentaje por las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria. Así, lo indica información difundida por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Según comunicó la agencia de noticias TÉLAM.
La medida expresada en la Resolución General 5123/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, dispone que no se encontrarán alcanzadas por el régimen de percepción las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las ganancias. Texto ordenado en 2019. El cual seguirá en vigencia en todo el país.
Quienes no pagarán impuestos a las ganancias
La AFIP, a través de un comunicado, indicó que estas entidades fueron incorporadas al conjunto de sujetos no alcanzados por el régimen de percepción. A cuenta de, los impuestos a las ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera. Precisó que las entidades beneficiadas son las asociaciones deportivas y de cultura física.
También, entran las entidades religiosas; las instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina. También las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias y artísticas Al igual que las gremiales, de cultura física o intelectual.
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