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El País

La AFIP afirmó que más de 133 mil contribuyentes accedieron a la condonación de deudas

Beneficiará a monotributistas, pequeños contribuyentes y pequeñas empresas con Certificado Mipyme.

La AFIP afirmó que más de 133 mil contribuyentes accedieron a la condonación de deudas. La herramienta, dispuesta por la ley que impulsó el Gobierno nacional, está disponible desde el 20 de diciembre para entidades y organizaciones sin fines de lucro. También, beneficiará a monotributistas, pequeños contribuyentes, y micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme.

El organismo indicó que monotributistas, clubes de barrio, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares, lograron la condonación de $1.700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras. El beneficio puede solicitarse a través del sitio web de la AFIP hasta el 2 de marzo. “La condonación de deudas” se inició “para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica”, destacó Mercedes Marcó del Pont.


Asimismo, están alcanzadas las deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme. En un comunicado, señalaron que la mayor parte de las deudas corresponde a monotributistas. “Alrededor de 101.000 contribuyentes adheridos al régimen simplificado ya accedieron a la condonación de deudas por un monto total de $992 millones”, aclaró el organismo.

Sobre las deudas

Según TÉLAM, el universo de quienes solicitaron en forma exitosa la condonación de sus deudas por hasta $100.000 se completa con unos 32 mil contribuyentes que obtuvieron el beneficio del perdón fiscal por unos $702 millones. Entre los beneficiarios se destacan 24 mil microempresas. En tanto unas 100 cooperativas, 71 clubes de barrio y 10 bibliotecas populares solicitaron y accedieron a la condonación de deudas por más de $56 millones.

Cabe destacar que los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales o en el régimen de monotributo. El beneficio alcanza a obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021, que no hayan sido canceladas o regularizadas. Así lo anunciaba esta mañana, la Administración Federal de Ingresos Públicos.

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