Connect with us

Hi, what are you looking for?

Despidos
Despidos

Información general

En marzo se duplicó la cantidad de despidos

El 58 por ciento de los casos se dio en el sector servicios

El coronavirus cambió rotundamente la vida de todos los argentinos. Esta pandemia no solo traerá consecuencias en salud, sino que tendrá un gran impacto en la economía. Por esta razón, el gobierno está sacando una serie de ayudas para que las personas no se vean afectadas. A pesar de esto, durante el mes de marzo se duplicaron los despidos y las suspensiones.

NA informó que el 58 por ciento de los casos se dio en el sector servicios, indicó hoy un informe privado. El Centro de Economía Política Argentina (CEPA) señaló en su estudio que, “al comparar de forma intermensual, se observa que los despidos y suspensiones se incrementaron en abril. Esto duplicó los casos de marzo, acompañados por un proceso similar en la cantidad de trabajadores afectados”.

“En lo relacionado con hechos de riesgo salarial (atraso en el pago de salarios, casos de reducción salarial, suspensiones con reducción sueldos y acuerdos con gremios consistentes en reducción de salarios e imposibilidad de despidos) se produce un salto fenomenal en la primera quincena de abril, pasando de 9 a 81 casos”, puntualizó el informe del CEPA.

Sostuvo que “se computan 3.070 casos de atrasos de pago. 54.030 reducciones salariales de hecho, 8.480 suspensiones con reducción salarial. También 231.483 reducciones salariales acordadas con el gremio”. En ese sentido, destacó el caso de los metalúrgicos. “Ellos que acordaron que no haya despidos a cambio de cobrar el 70% de los salarios de marzo” detalló el informe.

Con relación al impacto por sector de actividad, subrayó que en el sector comercio “no se percibe un incremento sensible de despidos. Prevalecen los casos de reducciones salariales”. La entidad recordó que en el decreto 329, publicado el 31 de marzo de 2020, se establece que “quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo“.