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La Cámara de Diputados se inclinó por la igualdad en las licencias parentales por nacimiento

Hasta ahora sólo existía, en el ámbito público, la licencia por maternidad, algo que excluía a los padres y a los adoptantes.

(Por Diego Nofal) La Cámara de Diputados de la provincia de Catamarca, dio media sanción a un proyecto de ley que adapta las responsabilidades hogareñas a los tiempos modernos. Se trata de una iniciativa que se presentó en la Legislatura y que regula el régimen de licencia parental para los trabajadores de la administración pública que tengan a su cargo a un menor de edad y, por ende, ejerzan la monoparentalidad o la coparentalidad. Recordemos que hasta ahora sólo existía, en el ámbito público, la licencia por maternidad.

“Si hablamos de coparentalidad, no se debe ser reducir al ámbito familiar y afectivo, o únicamente tenida en cuenta como el soporte que la o el agente gestante necesita después de haber dado a luz, sino que la coparentalidad, deberá ser el reflejo fiel de una responsabilidad parental compartida en el desarrollo y crecimiento del menor de edad para cuya puesta en práctica, inicialmente se les deberá otorgar a ambos agentes, la misma cantidad de días de licencia posnatal”, subrayó Adriana Díaz quien fue la autora de la iniciativa que se aprobó ayer en la Cámara de Diputados.

También señaló que “no deben existir diferencias en el tratamiento legal cuando hablamos de adopción o de familiar responsable de los cuidados parentales, ya que es una de las tantas maneras en las que una persona puede convertirse en madre o padre”. Además señaló que se incorpora en el régimen de licencia “las personas que se encuentren en tratamientos relativos a técnicas de reproducción humana asistida”.

Por su parte el diputado del oficialismo, Tiago Puente, ponderó el proyecto que obtuvo media sanción y criticó a la normativa vigente asegurando que “distribuye los tiempos de licencia en función de roles de género naturalizado, ellas como cuidadoras del hogar y ellos como sostenimiento económico”. “Este proyecto sin duda considera las diversas constituciones familiares y se adapta a la ley de matrimonio igualitario lo que es un avance enorme”, agregó.

La ley establece, entre otras cosas, que las personas en período de gestación “tienen prohibido el trabajo, durante los 45 días anteriores al parto” y que puede optar por la reducción de la licencia por un período no inferior a 15 días salvo que por prescripción médica se establezca lo contrario. Algo que hasta ahora no estaba contemplado y que ayuda a las mujeres en estado de gravidez avanzado a llegar al parto descansadas y con un nivel menor de estrés.

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