Connect with us

Hi, what are you looking for?

Cámara de Diputados de Catamarca

Política

El sueño trunco de Lucía Corpacci: destituir jueces del Superior Tribunal

Los diputados no juntaron los números para destituir a dos magistrados que incomodan al oficialismo y a la exmandataria

(Por Diego Nofal) La reforma judicial es un viejo anhelo de Lucía Corpacci, ella misma lo reconoció en varias entrevistas. Pero lo que siempre quiso la exgobernadora fue armar una Corte a su medida. Esa tarea se la había encomendado a Raúl Jalil. El mandatario delegó ese “trabajo” en la Cámara de Diputados que no logró cumplir su cometido. Los legisladores no lograron reunir las tres cuartas partes de los votos que les permitieran desplazar a dos jueces que incomodan al oficialismo.

Los diputados que responden al oficialismo, más precisamente a Lucía Corpacci, argumentaban que los magistrados de la Corte de Justicia, José Cáceres y Amelia Sesto de Leiva, habían incumplido los artículos 168 y 195 de la Constitución Provincial. El primero establece que se prohíbe a los jubilados ejercer cargos en la administración provincial salvo actividades artísticas o técnicas y el segundo que los jueces de la Corte son inamovibles hasta que cumplen 65 años.

“Debemos señalar que el Dr. Cáceres hoy tiene 78 años y la Dra. Sesto de Leiva 77 años, ambos se han excedido de los años límites previstos por la Constitución, y consideramos que es inaceptable la pretensión ilegítima de la perpetuación en los cargos judiciales mediante una interpretación forzada de la garantía de inamovilidad”, señaló Cecilia Guerrero, la responsable de ponerle el cuerpo a la difícil tarea de ser la miembro informante del proyecto.

Rápidamente Víctor Luna, salió al cruce de esos argumentos y señaló que la prohibición del que se establece en el artículo 168 de la Carta Magna “claramente solo alcanza al poder administrador por estar incluido en la tercera sección”, es decir, solo es atribuible a la administración pública. “El artículo 165 fue declarado inconstitucional por sentencia firme y ello por cuanto no fueron apelados”, agregó. “Las sentencias por las cuales se declaró inconstitucional el artículo 195 de nuestra Carta Magna fueron consentidas por Fiscalía de Estado y los recursos de queja no se presentaron ante la Suprema Corte”, respaldó Francisco Monti.

Con los argumentos echados en la mesa llegó el difícil momento de la votación. Fueron 24 los votos positivos (23 del Frente de Todos y 1 del bloque unipersonal Consenso Federal) y 17 diputados levantaron la mano contra el juicio político (16 del interbloque Juntos por el Cambio y 1 del unipersonal Frente Amplio Catamarqueño). Al necesitar 27 votos para avanzar con a iniciativa el pedido para el desplazamiento de los dos ministros del máximo tribunal local fue remitido al archivo.

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply