Nuevamente el Gobierno de Catamarca pone el foco y sus energías sobre el proyecto “Reforma del Estado” y se vuelve a exponer sobre qué trata. El año pasado la iniciativa motivada por el gobernador Raúl Jalil ha entrado y salido de las cámaras, sin llegar a un puerto en concreto. Hoy la modificación de la constitución de la provincia que busca “constituir una Administración al servicio del ciudadano” vuelve a trabajarse comisiones.
La iniciativa redactada por el Consejo Político, Económico y Social (COPES ) y los sindicatos catamarqueños intenta instaurar “alternativas que regulen la relación laboral entre el Estado y los trabajadores”. De esta manera, presentando por segunda vez el documento se busca regular una serie de aspectos. Tales serán los límites a los nombramientos y las jubilaciones, entre otros puntos.
Uno de los nuevos aspectos que se consideró dentro de este nuevo proyecto del Gobierno de Catamarca es la regulación del teletrabajo. Frente a la evolución de la pandemia y el asentamiento de esta metodología se buscará avanzar sobre su reglamentación. De esta manera, los tres poderes del Estado deberán sentar las bases y normativas en un plazo no mayor a los 90 días. Esto siendo tanto para “a distancia y otras modalidades no presenciales que reemplacen la obligación de asistir al lugar de trabajo”.
¿Que plantea la iniciativa del Gobierno de Catamarca?
Más en profundidad, el proyecto motivado por el Gobierno de Catamarca busca que se presente un plan de reorganización orgánica y funcional. El mismo tendrá que tener el claro objetivo de “constituir una Administración al servicio del ciudadano”. Se ha precisado que el mismo tenga que “definir en su totalidad, todos los niveles que componen su estructura”. Esto último, “restringiendo al Personal de Gabinete al 5 por ciento del personal, de planta permanente”.
Por otra parte, uno de los puntos sobresalientes es que se propone un al nombramiento de familiares en los tres poderes del Estado. “No podrá efectuarse la designación de personal, bajo cualquier cargo o modalidad de relación laboral, de quien tenga vínculo de parentesco”, se expone. Además, se aclaró que esto será “tanto en línea recta como colateral, hasta el segundo grado inclusive, tanto de consanguinidad o de afinidad”.
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