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El País

Libre de impuesto por «estado de vulnerabilidad»

Liberan a un jubilado del pago de Ganancias por su «vulnerabilidad».

El Juzgado Federal N°1 de la provincia de Santa Fe ordenó que no retengan ganancias a un jubilado por su evidente estado de vulnerabilidad. Esta medida se suma a la ya establecida por la Corte Suprema de Justicia, que sentó precedente al llevar adelante la misma acción con otra jubilada.

El hombre tiene 85 años y es jubilado de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe, a su vez, padece hace 10 años una enfermedad que requiere múltiples cuidados y gastos médicos. En este contexto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), le descuenta un 16% de su haber en concepto de impuesto a las ganancias.


De esta forma, según diariojudicial.com, el juez a cargo de la causa en Santa Fe señaló respecto de esta sentencia que se apoyó en la decisión de la Corte este año donde liberó a una jubilada del mismo impuesto, que «se encuentra en una situación de suma vulnerabilidad que no puede ser desatendida por los derechos de la seguridad social».


«El haber que percibe es retribución por los servicios prestados y lo aportado en su vida activa, es una recompensa de lo que se encuentra legitimado a gozar y tranquilidad a la que tiene derecho en la etapa final de su vida», dijo el titular del juzgado. Asimismo, ordenó que la AFIP «se abstenga de efectuar y/o admitir descuentos y/o retenciones» por Ganancias en la jubilación del demandante «hasta tanto se dicte sentencia definitiva» sobre la cuestión de fondo.


«La Constitución Nacional el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter integral e irrenunciable a efectos que los trabajadores puedan satisfacer las distintas contingencias ante la disminución de capacidad de ganancia y el estado de vulnerabilidad que ello conlleva, en el que necesita contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y/o calidad de vida y el consecuente ejercicio de sus derechos fundamentales», comentó el magistrado.