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El País

AFIP: ningún monotributista será dado de baja en la cuarentena

Por medio de la resolución general N°4724/2020 se extienden al mes corriente los beneficios vigentes desde marzo.

El sector monotribustista es uno de los más afectado por la cuarentena que rige en el país. Por esta razón, la Administración Federal de Ingresos Públicos está sacando varias medidas para ayudarlos. En la tarde de este miércoles, la AFIP informó que ningún monotributo será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones en el mes de mayo. La resolución se publicará en el Boletín Oficial.

“Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a mayo”, indicó en un comunicado. Por medio de la resolución general de la AFIP N°4724/2020, se extienden al mes corriente los beneficios vigentes desde marzo.

Na aclaró que la normativa establece que un contribuyente queda excluido cuando no paga diez cuotas consecutivas. Igualmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió que mayo no se computará. Esto a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. A su vez, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la exclusión del régimen.

La AFIP prorrogó la feria fiscal

“Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes. Esto es para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos”, subrayó en un comunicado la AFIP. El ente recaudador de la nación indicó que la medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras.

La decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos. Además, el ente sostuvo y aclaró: “Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales. Esto en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social”. También señaló que, a partir de la resolución general, que se publicó en el Boletín Oficial, no se suspenden las acciones de la AFIP.