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Ley de Alquileres
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El País

Ley de Alquileres: el Senado define su aprobación

La misma fue aprobada por la Cámara Baja a finales del 2019, y tiene el consenso de casi todas las bancadas para ser sancionada.

En la jornada de este jueves, el Senado de la nación volverá a entrar en sesión. En este encuentro, los legisladores tienen definido tratar la Ley de Alquileres. La misma fue aprobada por la Cámara Baja a finales del 2019, y tiene el consenso de casi todas las bancadas para ser sancionada definitivamente. Igualmente, no descartan que haya modificaciones y vuelva a Diputados.

NA informó que no hay diferencias entre los senadores respecto de los puntos principales de la nueva legislación para propietarios e inquilinos de inmuebles con destino a vivienda, como la extensión de los contratos a tres años. La Ley de Alquileres establece además que la actualización del valor del alquiler será anual y ya no semestral. Esto ocurre actualmente con la mayoría de los acuerdos en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense.

El aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE). Por otra parte, la iniciativa establece que “los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”, un punto importante porque evitará la firma de acuerdos “en negro”.

La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración, pero se trata de un punto central. Obligaría a los propietarios a “blanquear” el ingreso que perciben por el alquiler. Esto es algo que generó contrapuntos en anteriores ocasiones sobre el tema. Además, al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los “okupas”, quienes suelen demorar el trámite judicial.

La Ley de Alquileres también amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador. Por otra parte, se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias. Además, se reduce el depósito de garantía a un monto equivalente a un mes de alquiler. Esto es para tratar de evitar que se cobren dos meses o a veces más.