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El País

Turismo: reglamentaron la ley “sostenimiento y Reactivación”

El gobierno quiere reactivar el rubro para el 2021.

El coronavirus afectó a diferentes sectores durante este 2020. El Turismo es uno de los rubros más golpeados, no solo en Argentina sino que a nivel mundial. En este contexto, hace varias semanas se sancionó la Ley de “Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional”. Luego de definir algunos detalles, el Ejecutivo reglamentó esta normativa este martes 13 de octubre.

El Intransigente informó que esta iniciativa implica “una serie de medidas para el sostenimiento y la reactivación de la actividad turística nacional con la finalidad de paliar el impacto económico, social y productivo producido en dicha actividad, en todas sus modalidades, en virtud de las consecuencias generadas por la pandemia de COVID-19” según detalla el texto.

Puntos más relevantes de la Ley de Turismo

Uno de los puntos importantes de la medida es que la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) fue prorrogada hasta el 31 de diciembre 2020 para las actividades y rubros del Turismo. Esto cuando se encuentren paralizadas o tengan una facturación inferior al 30 por ciento. Los beneficios incluyen una reducción del pago de las contribuciones patronales del 95 por ciento. También un salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado del 50 por ciento del salario neto. No pudiendo ser inferior a un salario mínimo, vital y móvil (SMVM) ni superar los dos salarios.

Para favorecer a las familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro SMVM, se creó el programa Bono Fiscal Vacacional. El cual genera un incentivo destinado al pago de servicios ofrecidos dentro del país por empresas habilitadas del sector. Además, la ley contempla un plan de preventa que consiste en el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional. Es equivalente al 50 por ciento del monto por cada operación de compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del territorio nacional. Las compras en concepto de preventa de servicios turísticos se deberán realizar hasta el 31/12/2020.

Asimismo, permite una amplia moratoria impositiva y beneficios fiscales será prorrogado por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos. Además, será suspendida por ese mismo plazo la traba de cualquier tipo de medida cautelar a requerimiento de la AFIP y la ANSES para las empresas del sector. Por último, las empresas alcanzadas por la Ley deberán estar inscriptas en un registro creado bajo el ámbito del Ministerio de Turismo.

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