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Impuesto a las Ganancias
Impuesto a las Ganancias

El País

Más del 90% de los asalariados no pagarán el Impuesto a las Ganancias

AFIP oficializó la Ley 27.617 a través de la resolución publicada en el Boletín Oficial.

Con la reglamentación de los cambios establecidos en el Impuesto a las Ganancias, más del 90% de los asalariados no pagarán el tributo. La nueva disposición generará una inyección de recursos en la economía por $50.000 millones de julio a noviembre. De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la Ley 27.617 a través de la resolución publicada en el Boletín Oficial.

Esta decisión determinó que más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán a partir de julio; en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas; la devolución retroactiva de los montos retenidos entre enero y mayo en concepción de anticipos del Impuesto a las Ganancias. Asimismo, los cambios también alcanzan al aguinaldo que cobran los trabajadores con un salario bruto de $150.000.

A todo esto, se suman cerca de 200.00 personas con remuneraciones mensuales de entre $150.000 y $173.000; que a partir de julio afrontarán una menor carga tributaria. La resolución general definió que se elimina el tope de edad para deducir a los y las hijas por discapacidad. Además, añadió que permite la deducción por pareja conviviente antes reconocida sólo para conyugues.  

La titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont resaltó que “los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno. La medida es recomponer ingresos y apuntalar el consumo. Alrededor del 90% de los trabajadores y trabajadoras no pagarán el impuesto”. La normativa eximió al personal de salud de pagar el tributo por horas extras o guardias hasta septiembre próximo.

Por otro lado, se mantiene el beneficio del “22% adicional” en la región patagónica, pero con una carga menor que el resto de los contribuyentes. Esto beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados. Por último, la resolución incrementó de $2 millones a 2,5$ millones el umbral de ingresos y rentas. A partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes para el período fiscal 2020.

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