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El País

Nuevamente el Gobierno nacional extendió la prohibición de despidos: ¿hasta cuándo?

Esto se da en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley 27.541.

Nuevamente el Gobierno nacional extendió la prohibición de despidos, y esta vez será por lo menos hasta fin de año. La acción se dio por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que detalla hasta cuándo y cómo continuará la medida. De esta manera, esto se da en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley 27.541, según indicaron fuentes oficiales.

A través del DNU 413/2021, el Gobierno Nacional prorrogo hasta el 31 de diciembre la prohibición de despidos. Según se ha detallado en el instrumento legal “los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto no producirán efecto alguno”. Por lo cual, “se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.

Siguiendo esta línea, se estableció que “las prohibiciones no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 34/19 “. El mismo fue el que declaró la emergencia laboral antes de la pandemia. Además, esto tampoco alcanzará al “personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico”.

Fundamentos de la medida tomada por el Gobierno nacional

Por otra parte, el Gobierno nacional destacó que la suspensión de despidos responde a las demandas planteadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según se explicó, esto alude a “la necesidad” de que “los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos”, de la pandemia. Todo esto fuertemente relacionado al “mundo del trabajo, en particular en lo referido a la conservación de los puestos de labor”.

No solo ello, sino que también plantean que “las medidas que se establecen en el presente decreto son razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario”. Continuando esta idea, explicaron que estas acciones “se adoptan en forma temporaria”, mientras que resulten necesarias “para proteger la salud de determinados sectores de la población trabajadora particularmente vulnerable”.

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