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Gobierno de Catamarca
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Información general

El Gobierno de Catamarca se adhirió a las nuevas restricciones nacionales: ¿cuáles son?

Las mismas regirán desde el 22 de mayo hasta el 30 del mismo mes.

Frente al aumento de casos de Covid-19, el Gobierno de Catamarca se adhirió a las nuevas restricciones nacionales e informó cuáles son. A través del Decreto S. – Seg. N° 978, el Ejecutivo Provincial dispone desde el día 22 de mayo y hasta el 30 del mismo mes; la restricción para circular en todo el territorio en el horario de 18:00 a 06:00 horas, quedando exceptuados los trabajadores denominados esenciales.

El instrumento del Gobierno de Catamarca establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales para evitar la circulación. Solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros productos. Además, queda suspendida la presencialidad en las escuelas provinciales, actividades económicas, industriales, comerciales, servicios, culturales, deportivas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

Asimismo, están exceptuadas de las restricciones previstas las personas que realizan las siguientes actividades: personal de Salud; Seguridad; Fuerzas Armadas; Servicio Meteorológico; Bomberos y control de tráfico aéreo. También las autoridades superiores del Ejecutivo provincial y municipal, trabajadores del Sector Público, miembros del Poder Legislativo e integrantes de la Corte de Justicia.

La lista continúa con personas que deben atender una situación de fuerza mayor; afectados a la realización de servicios funerarios; encargados de comedores escolares y comunitarios; personal que se desempeña en comunicación; actividades vinculadas con el comercio exterior; recolección; mantenimiento de los servicios básicos y transporte público de pasajeros y mercaderías, entre otros.

Por otro lado, el Gobierno de Catamarca publicó cuáles son las actividades exceptuadas y que podrán funcionar de 06:00 a 17:30 horas. Entre ellas se encuentra la atención médica; obra pública y tareas de seguridad; supermercados mayoristas, minoristas, ferreterías, veterinarias; actividades agropecuarias y de pesca; servicios de lavandería; traslado de niños; retiro de alimentos en locales gastronómicos; venta de repuestos; cobranza de servicios e impuestos y venta de mercadería ya elaborada.

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