El Ministerio de Educación y Trabajo de Catamarca intimó al Colegio Manuel Belgrano a mantener el funcionamiento de la división “D” de tercer año del turno tarde hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, luego de constatar que la institución había resuelto suprimirla y fusionarla con otra sección.
La decisión del establecimiento implicaba el cierre de una división completa en pleno año escolar, lo que encendió las alarmas en la cartera educativa provincial. Al tomar conocimiento, el Ministerio inició de inmediato una intervención para revertir la medida y preservar la trayectoria de los alumnos afectados.
La intimación apunta a “resguardar el derecho de los estudiantes a la continuidad de sus trayectorias escolares, preservar las condiciones pedagógicas y garantizar la organización institucional y laboral del establecimiento”, según informó el organismo oficial. En esa línea, recordó que cualquier modificación de la estructura de funcionamiento de una institución de gestión privada incorporada a la enseñanza oficial requiere autorización expresa del Ministerio.
La norma alcanza de lleno al Colegio Manuel Belgrano, un establecimiento con larga tradición en Catamarca que, como el resto de los colegios privados reconocidos por el Estado, está obligado a cumplir ciertos requisitos administrativos antes de alterar su oferta académica. La fusión de divisiones sin el aval ministerial no solo vulnera esa regla, sino que también impacta de manera directa en las condiciones de cursada de decenas de familias.
El conflicto que vuelve a poner el control educativo bajo la lupa
El Ministerio advirtió que “el incumplimiento de la intimación dará lugar a las actuaciones administrativas y sanciones previstas por la normativa vigente”. Aunque no se precisaron las penalidades concretas, el aviso dejó en claro que el Estado provincial no tolerará decisiones unilaterales que comprometan el derecho a la educación.
El caso expone los límites que la ley impone a las instituciones privadas cuando sus decisiones administrativas afectan la continuidad escolar. En Catamarca, la supervisión de los colegios de gestión privada está regulada por un marco que exige autorizaciones expresas, justamente para evitar que medidas de reorganización interna perjudiquen a los estudiantes mientras cursan el año lectivo.
La intimación fija como plazo el cierre del ciclo 2026, de modo que la división “D” deberá seguir funcionando hasta la finalización de las clases. El Ministerio mantendrá activo el seguimiento del caso y dejó abierta la puerta a sanciones si el colegio no acata la medida en los tiempos establecidos.
La intervención se sustenta en la potestad que tiene la cartera educativa sobre todas las instituciones de gestión privada incorporadas a la enseñanza oficial. Cada vez que un colegio de este tipo proyecta cambios en su estructura —como la apertura, el cierre o la fusión de divisiones— debe tramitar la autorización correspondiente. Sin ese aval, la medida se considera unilateral y pasible de ser revertida por la vía administrativa.