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Política

Las bancas del Concejo Deliberante en el ojo de Barros

La sentencia del PJ paso máximo tribunal. Si lo acepta, pasa a la Corte Suprema de Justicia.

El diputado y apoderado del PJ, Augusto Barros, presentó el recurso extraordinario con el que cuestiona la sentencia definitiva de la Corte de Justicia catamarqueña. La misma ordenó la incorporación de concejales de la minoría en cinco municipios. El tribunal local puede aceptar o no el planteo de Barros. Si lo acepta, pasa a la Corte de Justicia de la Nación para que analice la situación y falle definitivamente.

Es menester conocer que, si lo rechaza, el apoderado aún puede presentarse ante el máximo tribunal federal mediante un recurso de queja. En ambos casos, se deberá correr traslado a la otra parte, la alianza Juntos por el Cambio. Durante la presentación relató lo acontecido desde la elección hasta el fallo del tribunal local. En ese marco, recordó que el acta de proclamación de los concejales electos “no fue observado ni impugnado” por el espacio opositor.

Además, advirtió que los concejales en ejercicio que fueron cuestionados “no fueron convocados a participar en el proceso”. El cual terminó con la sentencia de la Corte, por lo que para él “resulta palmariamente arbitraria lesionando derechos federales. Del mismo modo omitieron el tratamiento de cuestiones oportunamente introducidas y vulnera derechos humanos (civiles y políticos).  Según Barros, la sentencia de la Corte prioriza “cuestiones ajenas a la sana crítica racional”.

Las mismas están estrechamente relacionadas con la construcción de un razonamiento viciado de parcialidad manifiesta. Este se evidencia en la inexistencia de fundamentación, desarrollando meras generalizaciones que resultan sesgadas y parciales e insuficientes para sustentar la postura adoptada. También agregó que la Corte Suprema de la Nación ha descalificado por arbitrarios pronunciamientos como el del tribunal local, “en los cuales se efectuaban afirmaciones dogmáticas carentes de sustentación objetiva”.

Lo constitucional

En ese marco, recordó que el voto de Cáceres no centraliza su fundamentación en la cuestión. Sino que encadenó una “seria de argumentaciones de tipo dogmática con antecedentes no compatibles con la cuestión”. Para rechazar las posturas de los jueces, Barros remarcó que la Constitución local optó para el reparto de bancas. Por ello es que explicó que “un sistema proporcional que claramente tiene características propias y absolutamente distintas a los sistemas de mayorías”.

Por otra parte, sostuvo que los tres jueces se valieron de dos leyes provinciales que colisionan con lo que establece la Constitución local (Art. 118 de la Ley 4628 y 17 de la Ley 4640). Según el diputado, estas normas “no solo colisionan con la Constitución local, sino que además otorgan bancas a listas que ni siquiera alcancen el porcentaje requerido para participar del sistema proporcional de repartos”.

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