“La inscripción se realiza con carácter provisorio con la sentencia de primera instancia y adquiere carácter definitivo cuando la condena se encuentre firme”, define el despacho que este miércoles debate la Cámara de Diputados de Catamarca. Se trata del proyecto que crea el Registro Público Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual, una iniciativa que busca fortalecer los mecanismos de prevención y control sobre quienes registran condenas por delitos sexuales.
El texto unifica las propuestas de la diputada Natalia Saseta (PRO), presentada en 2025, y del diputado Exequiel Moreno (Frente de Todos), que ingresó su iniciativa en abril de 2026. Con esta norma, la provincia de Catamarca busca dar una respuesta institucional a una demanda social cada vez más intensa.
Uno de los puntos centrales es que las personas condenadas serán incorporadas al registro desde la sentencia de primera instancia, sin esperar a que el fallo quede firme. “En caso de personas reincidentes, la inscripción en el Registro tiene carácter permanente y vitalicia”, agrega el proyecto, con lo que quienes vuelvan a ser condenados por esta clase de delitos permanecerán registrados de manera indefinida.
La iniciativa también prevé un portal web oficial a cargo del Poder Judicial de Catamarca. El acceso no será irrestricto: el artículo 7 establece que será “de consulta libre, gratuita y permanente cuando se acredite interés legítimo o justificación para el libre acceso, respetando la protección de datos personales y derechos de niños, niñas y adolescentes”. La búsqueda se podrá hacer por nombre, apellido o número de documento, y la información pública incluirá nombre completo, apodo o alias, último domicilio, fotografía actualizada, documento de identidad, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, datos del expediente judicial, delito, pena, situación procesal y, cuando corresponda, el perfil genético previsto en la legislación vigente. El sistema identificará de forma expresa a los reincidentes.
Se crea además el Certificado de No Inscripción, que será obligatorio para desempeñarse en una serie de actividades sensibles: funciones docentes, auxiliares o de cuidado en establecimientos educativos; trabajo en instituciones de alojamiento o internación de niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores; actividades deportivas, recreativas, culturales y formativas con menores; tareas de guarda, custodia o acompañamiento de personas en situación de vulnerabilidad, y para acceder a designaciones en cualquiera de los tres poderes del Estado.
La permanencia en el registro se fija en 30 años cuando el delito haya sido cometido contra un niño, niña, adolescente o persona con discapacidad, y en 20 años para los restantes delitos contra la integridad sexual. Cumplido ese plazo, la persona puede solicitar una revisión judicial; el juez tiene la facultad de prorrogar la inscripción por períodos de hasta cinco años si las circunstancias del caso lo justifican.
Más allá del debate legislativo, el principal desafío para el Estado provincial será transformar la normativa en controles efectivos. Para que el registro no quede reducido a un anuncio político, Catamarca deberá garantizar que el certificado se exija de manera sistemática en escuelas, clubes y dependencias oficiales, y que el portal judicial funcione con datos actualizados y accesibles para quienes deben tomar decisiones de cuidado. Sin esa fiscalización concreta, la herramienta difícilmente cumpla su objetivo de prevención y protección de los sectores más vulnerables.