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Tucumán

Tucumán queda afuera de la flexibilización de la cuarentena

Anunciaron las 11 actividades que se exceptúan desde mañana.

El gobierno nacional publicó este sábado, luego de dialogar con gobernadores e intendentes de todo el país, la lista de actividades exceptuadas de la cuarentena para 22 distritos, en los que no se incluyen Tucumán ni Santiago del Estero.  Algunos referentes de la oposición ya levantaron la voz contra el gobernador Juan Manzur.

Nuestra provincia, junto a Santiago del Estero, serán las únicas en todo el país donde va a seguir la cuarentena obligatoria sin flexibilización. Esto quiere decir que numerosos comercios y profesionales deberán seguir sin poder ejercer sus actividades en la provincia.

Algunas voces de la oposición no se hicieron esperar en las críticas hacia el gobernador Juan Manzur, como el legislador por la UCR Fernando Valdez, quien tildó de “Inexplicable e inaceptable” a través de la red social Twitter, la decisión del gobernador de seguir con la cuarentena total.

Estas son las 11 actividades, que desde el lunes 20 de abril quedarán exceptuadas de la cuarentena.

La Decisión Administrativa 524 detalla que estarán incluídas las siguientes actividades:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.