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AFIP: ¿cómo acceder a los créditos a tasa cero para monotributistas?

Cada contribuyente podrá solicitar un monto de hasta $150.000, según su categoría.

Este miércoles el Gobierno nacional relanzó la línea de créditos a tasa cero para monotributistas de AFIP e informó como acceder a los mismos. En este sentido, detallaron que estarán disponibles desde fines de agosto para más de un millón de beneficiados. Según lo estipulado, cada contribuyente podrá solicitar un monto de hasta $150.000, según su categoría.

Desde el Gobierno nacional se notificó la medida, luego de que se realizará una reunión del gabinete económico. La misma estuvo encabezada por el presidente Alberto Fernández y tuvo como principal resultado continuar con la línea de créditos que ya había sido lanzada en 2020, en medio de la pandemia. En aquel momento se llegaron a beneficiar a cerca de 500.000 monotributistas.

En este marco, anunciaron que a partir de finales de agosto se va a poder solicitar un crédito a tasa cero a través de la web de la AFIP. Ya habiendo presentado la solicitud, se informará el monto máximo dependiendo de que categoría de monotributo se tengan al 30 de junio. De esta manera, de acuerdo a la facturación declaradas podrá acceder a un crédito de: hasta $90.000, para los de la Categoría A; de hasta $120.000, para los de la categoría B; y de hasta $150.000, para el resto.

¿Qué pasos seguir para acceder a los créditos de la AFIP?

Al ingresar a la web de la AFIP, se deberá elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”, chequear allí si se es apto o no para solicitar el mismo y se detallará de canto será el monto tope. Cabe recordar que esto último dependerá de la categoría de cada contribuyente. Luego se deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito y podrá concluir el trámite.

Asimismo, se deben cumplir una serie de requisitos para acceder a estos préstamos. En un principio el aspirante debe estar adherido al monotributo y no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación. No solo esto, sino que también se ha pedido que los mismos no deben prestar servicios al sector público. En el caso que el 70 % de su facturación fuera emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público, no podrá acceder al beneficio.

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